OPINIÓN

HISTORIA

miércoles, 26 de julio de 2017

LEÓN 1017, MIL AÑOS DE LA PRIMERA ORDENANZA MUNICIPAL. Es conocida la tendencia de muchos españoles a despreciar los logros de sus grandes personajes, cuando no a ignorarlos. Por ejemplo, se cumplen ahora mil años de la promulgación del Fuero de León, pero este avance legislativo apenas tiene difusión.

En presencia del Rey don Alfonso y de su mujer doña Elvira nos reunimos en León..., así comienza el Fuero de León de 1017 

Hace nada menos que mil años, el 30 de julio de 1017, el rey de León Alfonso V proclamaba el Fuero de León, una nueva legislación para la ciudad y para el reino cuyas avanzadas propuestas fueron luego imitadas en Europa. Con esas ordenanzas León se convertía en la primera ciudad del Medievo europeo que garantizaba a sus vecinos una serie de derechos que no existían en ninguna otra urbe del viejo continente. Sin embargo, una conmemoración tan importante apenas ocupará unos segundos en los medios y, por tanto, no será valorada, ni siquiera conocida.

Para acercarse un poco a lo que aquello significó para la capital del principal reino cristiano de la Hispania del año mil hay que intentar situarse en el tiempo. Apenas iniciado el segundo milenio, bien se puede decir que el pensamiento era más de la Antigüedad Tardía que de la Alta Edad Media. Es decir, el pensamiento de la época ni siquiera soñaba con los conceptos que presiden la sociedad de hoy (derechos, democracia, igualdad…), por lo que, para entender, hay que tener presente esas carencias, del mismo modo que se entienden sus carencias tecnológicas: hay que pensar que toda la sociedad estaba convencida de que la Tierra era plana, que desde el rey al labrador sabían tanto de higiene como de chino, que desconocían el tenedor o que de Córdoba a Toledo se tardaban nueve días. León capital tendría en torno a los 5.000 habitantes, una centésima parte de los que tendría Córdoba y, seguro que aunque Almanzor había muerto hacía años, los leoneses temerían que en cualquier momento se presentasen allí los sarracenos, y recordaban perfectamente cómo se las gastaban. La mayoría trabajaría de sol a sol, sufriría todo tipo de necesidades y, la mayor parte del año, pasaría un frío de narices; padecerían estoicamente todo tipo de dolores y enfermedades sin más remedios que las sangrías, los paños calientes o las pócimas de vaya usted a saber qué; no existían ideas como respeto a los animales, ecología o machismo como no existía la tele. Dios estaba presente en todo de la mañana a la noche, a pesar de lo cual la gente era muy promiscua, el robo y el engaño eran corrientes si se presentaba la oportunidad y la violencia era recurso general. En definitiva, aunque sea difícil, hay que tratar de situarse en aquel sitio en aquel momento para entender.

En este contexto, un joven Alfonso entendió que había que poner un poco de orden en el reino y en la ciudad, reafirmar su autoridad, protegerse contra los musulmanes, controlar las revueltas aristocráticas, acabar con la sensación de inestabilidad y, en fin, organizar la sociedad. Reunió a los notables (la curia regia) en la antigua catedral en julio de 1017 y promulgó una serie de normas que afectaban al pueblo de León, a su iglesia y su aristocracia. Todas las disposiciones del Fuero de León están publicadas y a disposición del interesado en muchas páginas de Internet; baste destacar algunos aspectos: se protege y otorgan beneficios a todos los comerciantes, agricultores, ganaderos, artesanos… de la ciudad y su alfoz, es decir, se apoya la producción local; se impone el miércoles como día de mercado y se perseguirá al que perturbe su normal desarrollo, o sea, se promueve la actividad económica; se garantiza la propiedad y la vivienda, derechos hoy normales que hasta entonces dependían del más fuerte; se establece la inmunidad de la esposa: “ninguna mujer de León sea presa, ni juzgada, ni procesada en ausencia del marido”, y también el derecho de la mujer a heredar, algo que debió ser poco menos que revolucionario… Las normas acordadas para el resto del reino incluyen un primer paso para la separación de Iglesia y Estado, la protección de los vecinos y sus pertenencias, de la mujer y sus bienes dentro del matrimonio, ciertas garantías para el ciudadano si se veía obligado a presentarse ante los tribunales… Una de las leyes de este fuero tenía cierta gracia, es la que dice textualmente: “Si alguno hiriere a otro y éste lo denunciare al sayón del rey, el que causó la herida pague al sayón una cañadilla de vino y compóngase con el herido; y si no lo denunciare al sayón no le pague nada pero compóngase con el herido”.

También había obligaciones: acudir a la llamada del rey cuando era preciso combatir a los infieles (excepto los recién casados antes de que engendraran), pagar impuestos (esto es constante en cualquier época en cualquier lugar), y otras leyes referentes a la Iglesia.

El texto terminaba con una terrible amenaza: “Quien de nuestro o de extraño linaje intentase quebrantar esta nuestra constitución, quebradas las manos, los pies y la cerviz, sacados los ojos, derramados los intestinos y herido de la lepra, así como de la espada del anatema, padezca las penas de la condenación eterna con el diablo y sus ángeles”.

Algunos historiadores afirman que aquello fue el germen de lo que luego serían los ayuntamientos, pues otorgaron derechos específicos a sus ciudadanos e incluso a algunos forasteros que, en algunos casos, podrían beneficiarse de esos derechos. Sea como sea, el Fuero de León supuso un enorme avance en cuanto a la protección y los derechos de los leoneses, algo que no existía en ningún otro lugar de la Europa altomedieval; de hecho, muchos códigos y disposiciones legislativas posteriores tomaron el Fuero de León como base. Y andando el tiempo, unos 170 años después, ahí mismo, en León, otro joven rey, Alfonso IX, volvió a reunir a los notables, pero también y por vez primera en la historia, a los ciudadanos…

A pesar de todo, habrá muchos españoles empeñados en quitarle importancia, los cuales, sin embargo, se la darían exageradamente si en vez de en un territorio español, ese corpus legal hubiera surgido en otro sitio. Si otros países tuvieran en su historia hitos de este calibre, serían difundidos y enaltecidos hasta la saturación a través de todos los medios.

CARLOS DEL RIEGO


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